miércoles, 6 de mayo de 2009

CLASE 2 DE ABRIL DE 2009

A cualquier solicitud o derecho de petición las autoridades tiene el deber de dar una PRONTA resolución a la petición realizada.

Existe un derecho estipulado en la constitución, el cual es el de derecho silencio administrativo, que plantea que si luego de 3 meses la empresa a la que se le hizo una petición específica no ha respondido, se debe seguir una vía gubernativa, la cual estipula que cualquier persona puede acudir a las autoridades para participar activamente en todas las etapas requeridas para dar solución a la petición planteada, aportando y solicitando pruebas. De no obtener una solución rápida se pora entablar una demanda.

Para hacer valer los derechos es fundamental conocerlos a fondo para saber la manera correcta de exigirlo, también se debe partir del hecho que se cumple con los deberes, de acuerdo al conocimiento obtenido de lo estipulado en la constitución se pueden tomar decisiones basadas en argumentos sólidos.

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